- Derechos de retención
4.1
El comprador solo tendrá derecho a compensar o retener pagos en caso de que su reclamación haya sido determinada legalmente o no sea objeto de controversia, y su contra-reclamación se base en la misma relación contractual. En caso de que surjan defectos en el contexto de la entrega, se mantienen intactos los derechos opuestos del comprador, especialmente de acuerdo con la cláusula 8.6, párrafo 2, de estas Condiciones Generales de Venta.
- Plazo de entrega y demora en la entrega
5.1
El plazo de entrega se acuerda individualmente o se especifica por nuestra parte al aceptar el pedido.
5.2
En caso de que no podamos cumplir con los plazos de entrega acordados contractualmente por razones que no nos son imputables, estamos obligados a informar al comprador de inmediato sobre esta circunstancia y al mismo tiempo comunicar el nuevo plazo de entrega previsto. Si una entrega tardía no puede realizarse incluso dentro del nuevo plazo de entrega comunicado debido a la falta de disponibilidad del servicio, por ejemplo, si no se realizó una entrega oportuna por parte de nuestro proveedor, si hemos realizado una compra sustitutiva adecuada, si existen otras interrupciones en la cadena de suministro (por ejemplo, debido a fuerza mayor) o si no estamos obligados en un caso específico a obtener el servicio.
5.3
Si se determina que hay un retraso en la entrega de nuestra parte como vendedor de acuerdo con las disposiciones legales, sin embargo, se requiere un recordatorio del comprador. Nos reservamos el derecho de presentar pruebas adecuadas de que el comprador no sufrió ningún daño o solo sufrió un daño menor que la suma forfetaria mencionada anteriormente.
5.4
Los derechos del comprador de acuerdo con la cláusula 9 de estas Condiciones Generales de Venta y nuestros derechos legalmente estipulados, especialmente en caso de exclusión de la obligación de rendimiento (por ejemplo, debido a la imposibilidad o la falta de viabilidad del rendimiento y/o la subsanación), quedan sin perjuicio.
- Entrega, transferencia de riesgos, aceptación, incumplimiento de aceptación
6.1
En caso de envío de la mercancía a solicitud del comprador, el riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía se transfiere al comprador en el momento del envío. Esto es aplicable independientemente de si el envío se realiza desde el lugar de cumplimiento o quién asume los costos de transporte.
- Reserva de dominio
7.1
Nos reservamos la propiedad de la mercancía entregada hasta el pago completo de todas nuestras reclamaciones actuales y futuras derivadas del contrato de compra y de la relación comercial continua (reclamaciones aseguradas).
7.2
Hasta que se realice el pago completo de las reclamaciones aseguradas, las mercancías sujetas a reserva de dominio no deben ser empeñadas ni transferidas como garantía a terceros. En caso de que se presente una solicitud de apertura de procedimiento de insolvencia o en caso de que terceros (por ejemplo, embargos) accedan a las mercancías que nos pertenecen, el comprador debe informarnos por escrito de inmediato. Si el tercero no puede reembolsarnos los costos judiciales y extrajudiciales de una acción legal según el § 771 ZPO, el comprador será responsable por cualquier pérdida que suframos.
7.3
En caso de conducta incumplida por parte del comprador, especialmente en caso de falta de pago del precio de compra vencido, estamos autorizados a rescindir el contrato según las disposiciones legales y/o exigir la devolución de la mercancía en virtud de la reserva de dominio. La solicitud de devolución no implica una declaración de rescisión; más bien, tenemos derecho a solicitar simplemente la devolución de la mercancía y a reservarnos el derecho de rescisión. Sin embargo, antes de ejercer estos derechos, debemos haber otorgado al comprador un plazo razonable y sin éxito para el pago. Esto solo se aplica si dicho plazo no es prescindible según las disposiciones legales.
7.4
Hasta nuevo aviso según el punto 7.4.c, el comprador está autorizado a vender y/o procesar las mercancías sujetas a reserva de dominio en el curso ordinario de los negocios. En este caso, las siguientes disposiciones se aplican de manera complementaria:
a) Los productos resultantes de la conexión, mezcla o procesamiento de nuestros bienes están sujetos a la reserva de dominio por su valor total, considerándonos como fabricantes. En caso de que la conexión, mezcla o procesamiento con bienes de terceros mantenga su derecho de propiedad, adquirimos la copropiedad en proporción al valor de la factura de los bienes conectados, mezclados o procesados. Además, se aplica lo mismo para el producto resultante que para la mercancía entregada bajo reserva de dominio. El comprador también nos transfiere con fines de seguridad cualquier reclamación derivada de la conexión de la mercancía bajo reserva con un tercero y un bien inmueble. En este caso, aceptamos la cesión.
b) Desde este momento, el comprador nos cede a modo de seguridad todas las reclamaciones derivadas de la reventa de la mercancía o del producto en la medida del precio final de la factura acordado con nosotros (incluido el impuesto sobre el valor añadido). Aceptamos la cesión. Las obligaciones del comprador mencionadas en la cláusula 7.2 también se aplican con respecto a las reclamaciones cedidas.
c) El comprador permanece autorizado, junto con nosotros, para cobrar las reclamaciones. Siempre que el comprador cumpla con sus obligaciones de pago hacia nosotros, no exista ninguna incapacidad de rendimiento por parte del comprador y no hagamos valer la reserva de dominio mediante el ejercicio de un derecho según el punto 7.3, nos comprometemos a no cobrar la reclamación. Si ejercemos un derecho según el punto 7.3, podemos exigir que el comprador nos informe sobre las reclamaciones cedidas y sus deudores, así como proporcionar toda la información necesaria para la recaudación, entregar los documentos relacionados y notificar a los deudores (terceros) sobre la cesión. Además, tenemos derecho a revocar la autorización del comprador para la reventa y su autorización para procesar los bienes sujetos a reserva de dominio.
d) Si el valor realizable de las garantías supera nuestras reclamaciones en más del 10% a solicitud del comprador, liberaremos las garantías según nuestra elección.
7.5
Hasta que la propiedad no se haya transferido, el comprador está obligado a tratar la mercancía con cuidado. En particular, está obligado a asegurarla a su propio costo contra robo, incendio y daños por agua hasta el valor de reposición (nota: solo aplicable en la venta de bienes de alto valor). Si se requieren trabajos de mantenimiento e inspección, el comprador debe realizarlos a su propio costo y de manera oportuna.
- Reclamaciones por defectos del comprador
8.1
Para los derechos del comprador en caso de defectos de calidad y de título (incluyendo entrega incorrecta o incompleta, así como montaje/instalación incorrecta o instrucciones defectuosas), se aplican las disposiciones legales, a menos que se estipule lo contrario a continuación. Permanecen vigentes las disposiciones legales sobre la compra de bienes de consumo (§§ 474 ss. BGB) y los derechos del comprador derivados de garantías otorgadas por separado, en particular por parte del fabricante.
8.2
Los acuerdos que hemos hecho con los compradores respecto a la calidad y el uso previsto del producto (incluidos los accesorios e instrucciones) generalmente constituyen la base de nuestra responsabilidad por defectos en el marco de la garantía. Un acuerdo sobre la calidad incluye todas las descripciones de productos y declaraciones del fabricante que sean objeto del contrato individual o que hayamos publicado públicamente (especialmente en catálogos o en nuestro sitio web) al momento de la celebración del contrato. En caso de que no se haya acordado ninguna calidad, se debe evaluar si existe un defecto de acuerdo con la disposición del § 434 párrafo 3 BGB. En este contexto, debe tenerse en cuenta que las declaraciones públicas del fabricante en el contexto de la publicidad o en la etiqueta del producto prevalecen sobre las declaraciones de terceros.
8.3
Para los bienes con elementos digitales u otros contenidos digitales, debemos señalar que solo estamos obligados a proporcionar y actualizar los contenidos digitales en la medida en que esto se indique expresamente en un acuerdo sobre la calidad según el punto 8.2. No nos hacemos responsables de las declaraciones públicas del fabricante u otros terceros.
8.4
No somos responsables de los defectos que el comprador conozca o no conozca por negligencia grave al momento de la celebración del contrato, de acuerdo con el § 442 BGB.
8.5
Los derechos del comprador por defectos existen solo si el comprador ha cumplido con sus obligaciones legales de examen y notificación (§§ 377, 381 HGB). Si se trata de materiales de construcción u otros bienes destinados a instalación u otros procesos de transformación, se debe realizar un examen justo antes de la transformación. Cualquier notificación por escrito a nosotros debe realizarse de inmediato si se revela un defecto durante la entrega, la inspección o en un momento posterior. Los defectos evidentes deben notificarse por escrito dentro de los 7 días laborables siguientes a la entrega, y los defectos no visibles dentro del mismo plazo desde la detección de los defectos. En caso de incumplimiento o cumplimiento inadecuado por parte del comprador de su obligación de examen y/o notificación, excluimos nuestra responsabilidad por el defecto no notificado, o no notificado de manera oportuna o adecuada, según lo establecido por las disposiciones legales. Esto también se aplica si el defecto se hace evidente después de la transformación debido al incumplimiento o violación de una de estas obligaciones. En este caso, el comprador no tiene derecho a reclamar los costos de "desmontaje y montaje".
8.6
Si el producto entregado es defectuoso, como vendedor tenemos la opción de elegir si proporcionamos un cumplimiento posterior eliminando el defecto (reparación) o entregando un artículo libre de defectos (sustitución). En caso de que el tipo de cumplimiento posterior elegido por nosotros sea desproporcionado para el comprador en casos individuales, puede rechazarlo. Sin embargo, nos reservamos el derecho de rechazar el cumplimiento posterior bajo las condiciones legales. Además, tenemos derecho a condicionar el cumplimiento posterior que debemos proporcionar a que el comprador pague el precio de compra adeudado.
8.7
Para el cumplimiento posterior que debemos realizar, el comprador debe concedernos el tiempo y la oportunidad necesarios. En particular, el comprador debe entregarnos la cosa que ha reclamado por defecto para fines de inspección. En caso de que realicemos una sustitución de un artículo libre de defectos, el comprador debe devolvernos el artículo defectuoso de acuerdo con las disposiciones legales. Sin embargo, el comprador no tiene derecho a reclamar la devolución.
8.8
A menos que estemos obligados contractualmente, el cumplimiento posterior no incluye el desmontaje, la eliminación o desinstalación del artículo defectuoso ni la instalación, fijación o montaje del artículo libre de defectos. Permanecen válidos los derechos del comprador para reclamar los costos de "desmontaje y montaje".
8.9
Los gastos necesarios para fines de inspección y cumplimiento posterior (costos de transporte, mano de obra y materiales, así como posiblemente costos de desmontaje y montaje) serán reembolsados de acuerdo con las disposiciones legales y estas Condiciones Generales de Venta en caso de que exista un defecto. Sin embargo, si el comprador exige indebidamente la eliminación de un defecto y sabía o debería haber sabido que no había ningún defecto real, podemos exigirle el reembolso de los costos incurridos.
8.10
En caso de urgencia (por ejemplo, en caso de peligro para la seguridad operativa o para evitar daños desproporcionados), el comprador tiene derecho a eliminar él mismo el defecto y exigir el reembolso de los gastos objetivamente necesarios para ello. El comprador debe informarnos inmediatamente en caso de autoejecución. En caso de que estemos autorizados a negarnos a proporcionar cumplimiento posterior según las disposiciones legales, el comprador no tiene derecho a autoejecución.
8.11
Según las disposiciones legales, el comprador puede rescindir el contrato de compra o reducir el precio de compra si el plazo que el comprador establece para el cumplimiento posterior ha expirado sin éxito o si es dispensable según las disposiciones legales. Sin embargo, en caso de un defecto no significativo, el comprador no tiene derecho a rescindir el contrato.
8.12
Las reclamaciones del comprador por indemnización de gastos según el § 445a párrafo 1 BGB están excluidas, a menos que el último contrato en la cadena de suministro sea una compra de bienes de consumo (§§ 478, 474 BGB) o un contrato de consumidor sobre la provisión de productos digitales (§§ 445c oración 2, 327 párrafo 5, 327u BGB).
8.13
Las reclamaciones por daños y perjuicios o por el reembolso de gastos inútiles del comprador (§ 284 BGB) existen solo de acuerdo con las disposiciones de los puntos 9 y 10.
- Prescripción
9.1
El plazo general de prescripción para reclamaciones derivadas de defectos de calidad o de título es de un año, en desviación del § 438 párrafo 1 Núm. 3 BGB, contado a partir de la entrega. En caso de que se haya acordado contractualmente una aceptación, el plazo de prescripción comenzará con la aceptación.
9.2
Los plazos de prescripción anteriores del derecho de compra también se aplican a reclamaciones de indemnización contractuales y extracontractuales del comprador que se basen en un defecto del producto, a menos que la aplicación del plazo regular legal de prescripción de acuerdo con §§ 195, 199 BGB conduzca a un plazo de prescripción más corto en casos individuales. Las reclamaciones de indemnización por daños del comprador según el punto 10.1 y 10.2, así como las reguladas por la Ley de Responsabilidad del Producto, prescriben exclusivamente según los plazos de prescripción legales.
- Otra responsabilidad
10.1
Como vendedor, asumimos responsabilidad en la medida en que no se derive algo diferente de estas Condiciones Generales de Venta, incluidas las disposiciones siguientes, por violaciones de obligaciones contractuales y extracontractuales según las disposiciones legales.
10.2
En el marco de la responsabilidad por culpa, independientemente de su base legal, solo respondemos por daños y perjuicios en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia simple, salvo las limitaciones de responsabilidad legales (por ejemplo, diligencia en los propios asuntos; incumplimiento de obligaciones insignificantes), solo respondemos: a) por daños derivados de la violación de la vida, el cuerpo o la salud, b) por daños derivados de la violación de una obligación contractual esencial (obligaciones cuyo cumplimiento permite la correcta ejecución del contrato y en las que el contratante confía y puede confiar). No obstante, nuestra responsabilidad en este caso está limitada a la compensación del daño previsible y típico.
10.3
Las limitaciones de responsabilidad derivadas del punto 10.2 también son aplicables a terceros y en caso de incumplimientos de obligaciones por parte de personas cuya culpa tenemos que responder según las disposiciones legales. En caso de que se haya ocultado fraudulentamente un defecto y se haya otorgado una garantía para la calidad del producto, las limitaciones de responsabilidad no son aplicables. Esto también se aplica a las reclamaciones del comprador según la Ley de Responsabilidad del Producto.
10.4
El comprador solo puede rescindir o cancelar el contrato debido a una violación de obligaciones que no derive de un defecto, si como vendedor tenemos la culpa de la violación de la obligación.
10.5
Se excluye el derecho de rescisión del comprador (en particular según §§ 650, 648 BGB). Por lo demás, se aplican las condiciones y consecuencias legales.
- Elección de ley y jurisdicción
11.1
Para estas Condiciones Generales de Venta y la relación contractual entre nosotros como vendedor y el comprador, se aplica la ley de la República Federal de Alemania, excluyendo el derecho uniforme internacional, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
11.2
Si el comprador es un comerciante según el Código de Comercio alemán, una entidad jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, nuestra sede en Mühlenweg 3, D-26789 Leer (Ostfriesland), es el lugar exclusivo y también internacionalmente competente para cualquier disputa que surja directa o indirectamente de la relación contractual. Lo mismo se aplica si el comprador es un empresario según el § 14 BGB.
11.3
Además, tenemos derecho a entablar una acción legal en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega según estas Condiciones Generales de Venta o un acuerdo individual prevaleciente, o en el tribunal competente general del comprador. Esto no afecta a las disposiciones legales prioritarias (jurisdicciones exclusivas).
- Control de exportaciones y embargos
12.1
El comprador se compromete a cumplir con todas las disposiciones pertinentes de la Ley de Comercio Exterior (AWG), el Reglamento de Comercio Exterior (AWV), las decisiones y regulaciones de la Unión Europea en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), así como la Ley de Control de Armamento (KrWaffKontrG) en relación con el control de exportaciones y embargos. Esto incluye especialmente las regulaciones de la Unión Europea (UE), las Naciones Unidas (ONU), los Estados Unidos de América (EE.UU.) y otras jurisdicciones relevantes.
12.2
El comprador se compromete a no revender o transferir directa o indirectamente los bienes comprados a países, personas u organizaciones sujetos a embargos, sanciones u otras restricciones comerciales. En particular, queda prohibida la reventa o transferencia a los siguientes países:
[Listado de países sancionados, por ejemplo: Irán, Corea del Norte, Siria, etc.]
12.3
El comprador asegura que los bienes comprados no serán utilizados en países sujetos a sanciones o embargos. El comprador tomará todas las medidas necesarias para evitar que los bienes sean utilizados en tales países.
12.4
El comprador está obligado a informar a la empresa de inmediato en caso de tener conocimiento de cualquier posible violación de las leyes de control de exportaciones o regulaciones de embargo relacionadas con los bienes comprados.
12.5
El comprador será responsable por todos los daños, pérdidas o costos que la empresa sufra como resultado de una violación de esta disposición. Esto incluye todos los costos legales incurridos en relación con la aplicación de esta disposición.
12.6
En caso de violación de las disposiciones de este párrafo, la empresa tendrá derecho a rescindir el contrato con efecto inmediato y a exigir indemnización por daños y perjuicios.
12.7
El comprador libera a la empresa de cualquier reclamación, demanda o disputa que surja de una violación por parte del comprador de las obligaciones establecidas en este párrafo.